Curso Asistente Contable: Clase 03 – Regímenes tributarios. ¡Gratis!


🔎 Temario Curso Asistente Contable

Clase 03 – Regímenes tributarios.

TEMARIO DE CLASE 03

  1. REGÍMENES TRIBUTARIOS
  2. PASOS PARA ELEGIR EL RÉGIMEN TRIBUTARIO:
  3. ¿QUE IMPUESTOS DEBO PAGAR SEGÚN EL RÉGIMEN ELEGIDO?
  4. ¿CÓMO ME CAMBIO DE RÉGIMEN TRIBUTARIO?
  5. SEGUN LOS REGIMENES ¿CUAL ES LA MULTA POR NO DECLARAR IMPUESTOS DENTRO DEL PLAZO?

REGÍMENES TRIBUTARIOS

Antes de inscribirte al RUC (Registro Único del Contribuyente) debes conocer el Régimen Tributario que te conviene, de acuerdo a las características de tu negocio o empresa, actualmente existen 4 regímenes, y son:

NRUSRERRMTRG
Nuevo Régimen Único SimplificadoRégimen Especial de RentaRégimen MYPE TributarioRégimen General de Renta

VER 🟡🔎 Nuevo Régimen Único Simplificado – NRUS : Casos Prácticos.

VER 🟡🔎 ¿Qué es el Régimen Especial de Renta – RER? : Casos Prácticos.

VER 🟡🔎 ¿Qué es el Régimen Mype Tributario? : Casos Prácticos.

VER 🟡🔎 ¿Qué es el Régimen General del Impuesto a la Renta? : Casos Prácticos.

Te sugerimos:

  • Ubicarte en el NRUS, si inicias un pequeño negocio, como: una bodega, un puesto en el mercado, zapatería, bazar, entre otras actividades dirigidas al público, donde sólo emitirás boletas de venta.
  • Ubicarte en el RER, si tendrás como clientes a empresas y necesitas emitir facturas y llevar una contabilidad simple.
  • El Règimen MYPE y General, podrías considerar acogerte en caso existan restricciones por tipo de actividad a la cual la empresa se dedica que no pueda acogerse al NRUS o RER, como son: venta de combustibles, construcción, transporte de carga mayor a 2TN, servicios empresariales, etc.

PASOS PARA ELEGIR EL RÉGIMEN TRIBUTARIO:

1. Evalúa la actividad que desarrollarás

  • Proyecta los ingresos que tendrías por tu actividad.
  • Considera que hay actividades que no pueden acogerse al NRUS y al Régimen Especial – RER.

2. Selecciona tu Régimen Tributario

ConceptosNuevo Régimen Único SimplificadoRégimen Especial de Renta Régimen MYPE TributarioRégimen General de Renta
Persona Natural o JurídicaSólo para Personas Naturales.Personas Naturales y Jurídicas.Personas Naturales y Jurídicas.Personas Naturales y Jurídicas.
Límite de ingresosHasta S/ 96,000 anuales u S/ 8,000 mensuales.Hasta S/ 525,000 anuales.Ingresos netos que no superen 1,700 UIT en el año.Sin límite.
Límite de comprasHasta S/ 96,000 anuales u S/ 8,000 mensuales.Hasta S/ 525,000 anuales.Sin límite.Sin límite.
Comprobantes de pago que pueden emitirBoletas de venta, Guías de remisión y tickets Facturas, boletas y todos los demás permitidos.Facturas, boletas y todos los demás permitidos.Facturas, boletas y todos los demás permitidos.
Declaración Jurada Mensual/ AnualCon el pago de la cuota mensual se tendrá por presentada la Declaración Mensual.Sólo Declaración Mensual.Declaración Mensual y Anual.Declaración Mensual y Anual.
TrabajadoresSin límite.Máximo 10 por turno.Sin límite.Sin límite.
Libros o registros contables que debe llevarNingunoSólo Registro de Compras y Ventas.Según tus ingresos.Según tus ingresos.
Valor máximo de activos fijosS/ 70,000 (no se computan predios ni vehículos)S/ 126,000 (no se computan predios ni vehículos)Sin límite.Sin límite.

¿QUE IMPUESTOS DEBO PAGAR SEGÚN EL RÉGIMEN ELEGIDO?

ImpuestosNuevo Régimen Único SimplificadoRégimen Especial de RentaRégimen MYPE TributarioRégimen General de Renta
I.G.V. Impuesto General a las VentasNo paga18%18%18%
Impuesto a la Renta No pagacuota de 1.5% de ingresos netos mensuales– Pago a cuenta 1% de ingresos netos mensuales
– 10% Renta Anual
– Pago a cuenta 1.5% de ingresos netos mensuales
– 29.5% Renta anual
Cuota MensualS/ 20 ò S/ 50.00—–—-—-

¿CÓMO ME CAMBIO DE RÉGIMEN TRIBUTARIO?

  • Usted debe tener en cuenta que como regla general si una empresa quiere reducir la carga de impuestos el cambio de règimen se realiza solo en el mes de Enero de cada año.
  • Si usted desea cambiarse de un règimen de menor carga de impuestos a uno mayor lo puede hacer en cualquier mes del año.

🟡🔎 Enero mes de cambios ¿Cómo cambio el Régimen tributario de mi empresa, NRUS, RER, RTM, RG? 

SEGUN LOS REGIMENES ¿CUAL ES LA MULTA POR NO DECLARAR IMPUESTOS DENTRO DEL PLAZO?

No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria como por ejemplo el PDT 621 y/o PDT Plame, dentro de los plazos establecidos tiene como consecuencia la infracción tipificada en el Numeral 1 artículo 176 del Código Tributario.

Es decir, si un contribuyente – acogido al NRUS, Régimen Especial, al Mype tributario o Régimen general – no declara sus impuestos dentro del cronograma establecido por SUNAT incurriría en infracción según el cuadro siguiente:

Referencia / infracciónRégimen General y Mype tributarioRégimen EspecialRégimen Único simplificado- NRUS
Numeral 1 artículo 176 del Código TributarioNo presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos.01 UIT 50% de 01 UIT 0.6% de los Ingresos o Cierre
Código TributarioTABLA ITABLA IITABLA III
UIT 2022: S/ 4600.00

Para todos los casos aplica Gradualidad ( Rebaja ) y facultad discrecional según sea el caso.

VER 🟡🔎 Multas por declarar impuestos fuera de plazo – SUNAT, Empresas RER, RTM y General.

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