¿Cómo anotar un Recibo por Arrendamiento en el registro de compras electrónico (PLE)?


El registro de compras electrónico nos permite sustentar el crédito fiscal (IGV), pero existen otros documentos o comprobantes de pago que si bien no dan derecho al Crédito Fiscal conviene realizar la anotación en el registro de compras para evitar presuntas diferencias por parte de la Administración tributaria respecto de adquisiciones declaradas mediante PDT621 y costos y gastos declarados en la declaración anual.

Además, un recibo de arrendamiento no es obligatorio anotar en el registro de compras su anotación es opcional.

Si un contribuyente necesite anotar dichos comprobantes en el registro de compras electrónico, debe utilizar el estado “0”, debido a que no tiene incidencia con el crédito fiscal.

Para anotar un recibo por arrendamiento se debe tener en cuenta:

  1. Fecha de Pago (Renta de 1ra categoría)
  2. Tipo de Comprobante: 10 (Recibo de Arrendamiento)
  3. Serie: 1683 (Formulario de Pago)
  4. Numero: Número de orden de formulario
  5. Proveedor: Nombre y RUC de Arrendador
  6. Monto: Valor de las adquisiciones no gravadas

Ejemplo:

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