Impracticabilidad de la aplicación y de la reexpresión retroactiva
En Mayo de 2026, la empresa EL RAPIDO SAC dedicada a la venta de útiles escolares, elabora el inventario físico encontrando un faltante por S/18,000.00. Según las indagaciones se trata de un hurto sistemático, sucedido en el 2025.
Datos:
Valor del inventario en libros : S/500,000.00
Inventario fisico: S/ 482,000.00
La gerencia no realizará la denuncia policial correspondiente porque genera más costo que beneficio en base a la opinión de su área legal. Se solicita realizar el tratamiento contable.
Solución
| La Excepción por Impracticabilidad (Párrafo 44 NIC 8 ): señala: «Cuando sea impracticable determinar los efectos que se derivan, en cada periodo específico, de un error sobre la información comparativa de uno o más periodos anteriores para los que se presente información, la entidad reexpresará los saldos iniciales de los activos, pasivos y patrimonio para los periodos más antiguos en los cuales tal reexpresión retroactiva sea practicable (que podría también ser el propio periodo corriente)». |
Cuando es impracticable la reexpresión retroactiva, el registro contable se realiza en el periodo corriente. En tal sentido, en el presente caso no se conoce a que periodo asignar la pérdida; por lo tanto, el gasto se devenga en el 2026.
Asiento Contable
| Cuenta Contable | Denominación | DEBE | HABER |
| 65 | OTROS GASTOS DE GESTION | ||
| 659 | OTROS GASTOS DE GESTION | 15,000.00 | |
| 20 | MERCADERIAS | ||
| 20111 | MERCADERIAS – COSTO | 15,000.00 | |
| //2026/ Por la Perdida de inventarios | 15,000.00 | 15,000.00 | |
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