SUNAT | Regímenes tributarios vigentes y en qué se diferencian.


Son las categorías bajo las cuales una Persona Natural o Persona Jurídica que posee o va a iniciar un negocio debe estar registrada en la SUNAT.

El régimen tributario establece la manera en la que se pagan los impuestos y los niveles de pagos de los mismos. Puedes optar por uno u otro régimen dependiendo del tipo y el tamaño del negocio.

A partir de enero del año 2017 hay cuatro regímenes tributarios Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS), Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER), Régimen MYPE Tributario (RMT) y Régimen General (RG).

DIFERENCIAS DE LOS REGIMENES TRIBUTARIOS.

Datos / Tipo Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS)Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER)Régimen MYPE Tributario (RMT)Régimen General (RG)
Persona Natural
Persona JurídicaNo
Límite de ingresos al añoHasta S/ 96,000.00 anuales u S/ 8,000.00 mensualesHasta S/ 525,000.00 anualesIngresos netos que no superen las 1700 UIT en el ejercicio gravable (proyectado o del ejercicio anterior)Sin límite
Límite de compras al añoHasta S/ 96,000.00 anuales u S/ 8,000.00 mensualesHasta S/ 525,000.00 anualesSin límiteSin límite
Comprobantes de pago que puede emitirBoleta de venta y tickets que no dan derecho a crédito fiscal, gasto o costoFactura, boleta y todos los demás permitidosFactura, boleta y todos los demás permitidosFactura, boleta y todos los demás permitidos

1 RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO – RUS.

En este régimen tributario se encuentran las personas que tienen un pequeño negocio cuyos principales clientes son consumidores finales. Las ventajas que ofrece este régimen es que no se llevan registros contables. Solo se efectúa un pago único mensual en función a las categorías que tiene.

Categoría 1: tiene un tope de ingresos o compras hasta los S/ 5.000. Se pagan S/ 20 en la medida que no se supere dicho monto.

Categoría 2: se paga una cuota mensual de S/ 50 en tanto los ingresos o compras de la persona no superen los S/ 8.000.

Cabe señalar que las personas naturales en este régimen solo pueden emitir boletas de venta. No emiten facturas. Asimismo, no generan el crédito fiscal.

Puedes encontrar mayor información sobre estos regímenes tributarios en la web de la SUNAT.

2 RÉGIMEN ESPECIAL DE RENTA – RER

Dirigido a personales naturales y jurídicas domiciliadas en el país y que obtengan rentas de tercera categoría; es decir, rentas de naturaleza empresarial como la venta de bienes que adquieran o produzcan y la prestación de servicios.

Para estar en este régimen los ingresos netos anuales o el monto de adquisiciones anuales no debe superar los S/ 525.000. Asimismo, el valor de los activos fijos no debe superar los S/ 126.000, con excepción de predios y vehículos.

Además, no se puede exceder de 10 trabajadores por turno de trabajo.

3 RÉGIMEN MYPE TRIBUTARIO – RTM

Pensado en la micro y pequeña empresa. El tope de ingresos es de hasta 1.700 UIT. No hay límites en compras y puede emitir todo tipo de comprobante de pago como factura, boleta de venta y otros.

Cabe señalar que en este régimen se puede realizar cualquier tipo de actividad. Los contribuyentes de este régimen pagan dos impuestos de manera mensual: el impuesto a la renta y el IGV.

4 RÉGIMEN GENERAL – RG

En este régimen se pueden ubicar todas las personas con negocios y personas jurídicas que desarrollan actividades empresariales. No existe ningún tope de ingresos ni límites en compras. Además, se pueden emitir todo tipo de comprobantes y también es obligatorio llevar libros y/o registros contables.

Asimismo, se pagan dos impuestos de manera mensual: el IR y el IGV; y se realiza una declaración anual. 

El pago a cuenta mensual se realiza al que resulta mayor de los ingresos netos del mes o el 1,5 %.

En tanto, el pago anual es la tasa de 29,5 % sobre la renta anual.

¡Información importante!

Fuente: sunat. / gestion.pe

3 comentarios sobre “SUNAT | Regímenes tributarios vigentes y en qué se diferencian.

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