01. ¿QUIENES ESTAN OBLIGADOS A DECLARAR LIBROS ELECTRONICOS?
Dependerá de tus ingresos declarados en tu PDT 621.
Los contribuyentes que hayan obtenido ingresos iguales o mayores a 75 UIT, en el periodo comprendido entre el mes de mayo del año precedente al anterior y abril del año anterior.
Por lo tanto se puede concluir tres puntos muy importantes:
- Los contribuyentes cada 1ro de Enero de cada año deben evaluar sus ingresos y verificar si es igual o superior a 75 UIT.
- El tramo de evaluación para la obligación de los libros electrónicos serán los periodos del mes de mayo del año precedente hasta el mes de abril del año anterior.
- La UIT a considerar es la vigente del año precedente al anterior del inicio de la obligación.
INGRESOS A VERIFICAR
Tener en cuenta que los ingresos a verificar se tomaran de las declaraciones mensuales realizadas, llámese PDT 621 o Formulario Virtual 621.Para esto debes sumar las siguientes casillas:
- Las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621.
- La casilla 100 del Formulario Virtual No 621.
En ningún caso se tomara como base los ingresos plasmados en la declaración jurada anual.
SUJETOS OBLIGADOS A LLEVAR EL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS Y EL REGISTRO DE COMPRAS ELECTRÓNICO

Caso practico.


02. Cronograma Libros Electrónicos 2019
Excisten dos tipo de cronograma el TIPO A Y B, se explica:
Los contribuyente que vienen utilizando libros electrónicos actualmente, desde ejercicios anteriores tendrán que cumplir el cronograma Tipo A. (antiguos)
El cronograma Tipo B lo utilizan los contribuyentes obligados a usar los libros electrónicos a partir del CADA AÑO (nuevos obligados)
ver : CRONOGRAMA LIBROS ELECTRÓNICOS 2019
03. Preguntas Frecuentes Libros Electrónicos 2019
a) Actualmente llevo contabilidad completa (libros impresos u hojas bond legalizadas) y voy a estar obligado a llevar libros electrónicos a partir de este año ¿Qué libros debo llevar electrónicamente?
3.1 Solo estarás obligado a llevar el registro de compras y registro de ventas en formato electrónico.
3.2 Por otra parte, solo si eres un contribuyente PRICO, estarás obligado a llevar en formato electrónico el Libro Diario y Libro Mayor.
b) ¿Puedo afiliarme voluntariamente a los libros electrónicos?
Es correcto, puedes afiliarte voluntariamente. Tener presente que tu cronograma será el Tipo A.
c) ¿Si llevo comprobantes de pago electrónico, debo llevar libros electrónicos?
No necesariamente, son dos obligaciones totalmente distintos. Puedes implementar comprobantes de pago electrónico y no estar obligado a llevar libros electrónicos.
d) ¿Qué pasara con mis libros manuales una vez que lleve libros electrónicos?
Recuerda que debes cerrar tus libros y/o registros contables de formato manual o computarizado.
fuente: sunat.
Reblogueó esto en ESTUDIO TRIBUTARIO REYES.
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