Gratificaciones sin descuentos y Disponibilidad de CTS.


Mediante ley Nยฐ 30334 publicada el 24 de junio el Congreso de la Repรบblica  LEY Nยบ 30334 ha dispuesto que las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos de รญndole alguna; excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador. El monto que abonan los empleadores por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) descontado de las gratificaciones de julio y diciembre se abonarรก a los trabajadores bajo la modalidad de bonificaciรณn extraordinaria de carรกcter temporal no remunerativo ni pensionable. Estas reglas son aplicables tambiรฉn a los jubilados y pensionistas.

Asimismo la ley autoriza tambiรฉn la libre disposiciรณn del cien por ciento del excedente de cuatro remuneraciones brutas de los depรณsitos por compensaciรณn por tiempo de servicios que tengan acumulados a la fecha de disposiciรณn.

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