Beneficiario Final
Se define al beneficiario final (*) como:
- La persona natural que efectiva y finalmente posee o controla personas jurรญdicas o entes jurรญdicos, conforme a lo previsto en el artรญculo 4 de la norma; y/o,
- La persona natural que finalmente posee o controla un cliente o en cuyo nombre se realiza una transacciรณn.
La expresiรณn โfinalmente posee o controlaโ o control efectivo final, se refiere a situaciones en que la propiedad y/o control se ejerce a travรฉs de una cadena de propiedad o a travรฉs de cualquier otro medio de control que no es un control directo, mientras que โclienteโ (**), define como a toda persona natural o jurรญdica, nacional o extranjera que solicita y recibe del sujeto obligado, la prestaciรณn de un servicio, el suministro de un bien o de un producto.
Las acepciones de beneficiario final contenidas en el literal a) del artรญculo 3ยฐ del Decreto Legislativo 1372 son aplicables, segรบn corresponda, para los efectos del referido Decreto Legislativo, las normas complementarias aplicables y las referidas a la asistencia administrativa mutua en materia tributaria, asรญ como las que regulan el Sistema de Prevenciรณn del Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.
Declaraciรณn del Beneficiario Final
RESOLUCIรN DE SUPERINTENDENCIA N.ยบ 000168-2025/SUNAT
RESOLUCIรN DE SUPERINTENDENCIA QUE ESTABLECE EL PLAZO PARA QUE DETERMINADOS SUJETOS OBLIGADOS NO COMPRENDIDOS EN LAS RESOLUCIONES DE SUPERINTENDENCIA N.ยฐ 185-2019/SUNAT Y N.ยฐ 0000412022/SUNAT PRESENTEN LA DECLARACIรN DEL BENEFICIARIO FINAL
Presentaciรณn de la declaraciรณn por las personas jurรญdicas domiciliadas en el paรญs o los entes jurรญdicos constituidos en el paรญs
El plazo para la presentaciรณn de la declaraciรณn de los siguientes sujetos obligados se establece conforme a lo siguiente:
a) Las personas jurรญdicas domiciliadas en el paรญs, de acuerdo con lo dispuesto en el artรญculo 7 de la Ley del Impuesto a la Renta, que no se encuentren comprendidas en el pรกrrafo 5.2 del artรญculo 5 de la Resoluciรณn de Superintendencia N.ยฐ 1852019/SUNAT ni en el literal a) del artรญculo 2 de la Resoluciรณn de Superintendencia N.ยฐ 000041-2022/SUNAT, presentan la declaraciรณn:
i) Hasta las fechas de vencimiento previstas en el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones del periodo que les corresponda en funciรณn de sus ingresos netos, conforme se indica a continuaciรณn:
| Tramo | Ingresos netos | Plazo de presentaciรณn:ย ย ย ย ย ย ย Periodo |
| 1 | Mรกs de 100 UIT | Octubre de 2025 |
| 2 | Mรกs de 50 UIT hasta 100 UIT | Diciembre de 2025 |
| 3 | Mรกs de 25 UIT hasta 50 UIT | Julio de 2026 |
| 4 | Mรกs de 10 UIT hasta 25 UIT | Setiembre de 2026 |
| 5 | Hasta 10 UIT | Noviembre de 2026 |
ii) Hasta las fechas de vencimiento previstas en el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones del periodo noviembre de 2026, en los siguientes supuestos:
ii.1) Si no se encuentran obligadas a presentar todas las declaraciones juradas determinativas a que se refiere el literal c) del artรญculo 4.
ii.2) Si no se encuentran comprendidas en alguno de los tramos a que se refiere el acรกpite i).
ii.3) Si han obtenido su nรบmero de RUC hasta el 31.12.2024 y no han realizado la activaciรณn hasta dicha fecha.
ii.4) Si se inscriben en el RUC u obtienen el nรบmero de RUC y lo activan, de ser necesaria la activaciรณn, desde el 1.1.2025 al 30.11.2026.
Tratรกndose del supuesto previsto en el acรกpite ii.4), si la activaciรณn del nรบmero de RUC se realiza a partir del 1.12.2026, la declaraciรณn se presenta hasta las fechas de vencimiento previstas en el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones del periodo en que activen su RUC.
b) Los entes jurรญdicos constituidos en el paรญs e inscritos en el RUC desde el 1.10.2024 hasta el 30.11.2026, que no se encuentren con baja de inscripciรณn a la fecha que les corresponda presentar la declaraciรณn, deben presentarla hasta las fechas de vencimiento previstas en el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones del periodo noviembre de 2026.
c) Las personas jurรญdicas domiciliadas en el paรญs, de acuerdo con lo dispuesto en el artรญculo 7 de la Ley del Impuesto a la Renta, y los entes jurรญdicos constituidos en el paรญs que se inscriban en el RUC u obtengan el nรบmero de RUC con posterioridad al 30.11.2026, deben presentar la declaraciรณn hasta las fechas de vencimiento previstas en el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones del periodo en que se inscriban o activen su RUC, de ser necesaria la activaciรณn.
La declaraciรณn debe contener la informaciรณn del beneficiario final al รบltimo dรญa calendario del periodo a que se refieren los literales anteriores.
INFORMACION SUSTENTATORIA DE BENEFICIARIO FINAL
Los obligados a presentar la declaraciรณn de beneficiario final, implementan los siguientes mecanismos para obtener y conservar la informaciรณn actualizada de sus beneficiarios finales:
a) A fin de acceder a la identificaciรณn del beneficiario final, implementan el formato fรญsico en cuyo caso deberรก contar con la firma certificada notarialmente o consular de los beneficiarios finales, o constar en otros medios, siempre que estos permitan identificar fehacientemente al beneficiario final de acuerdo a lo que establezca la SUNAT mediante resoluciรณn de superintendencia; asรญ como, conservarse en los plazos previstos en los numerales 7 y 8 del artรญculo 87 del Cรณdigo Tributario.
Sin perjuicio de que la persona natural que califica como beneficiario final cumpla o no con presentar el formato antes seรฑalado, la persona jurรญdica o ente jurรญdico estรก en la obligaciรณn de proporcionar la informaciรณn sobre sus beneficiarios finales a la SUNAT.
ANEXO : FORMATO DE LA PERSONA NATURAL QUE CALIFICA COMO BENEFICIARIO FINAL (Literal a) del pรกrrafo 7.1 del Artรญculo 72 del Reglamento del Decreto Legislativo Nยบ1372)
Forma y condiciones para la presentaciรณn de la declaraciรณn

1. Formulario Virtual Nยบ 3800 – Declaraciรณn de Beneficiario Final SIN EXCEL
Sรณlo usando el FV 3800 – Declaraciรณn de Beneficiario final sin adjuntar el archivo EXCEL:
- La declaraciรณn debe ser presentada utilizando el Formulario Virtual Nยบ 3800 Declaraciรณn de Beneficiario Final.
- La presentaciรณn de la declaraciรณn se realiza a travรฉs de SUNAT Operaciones en Lรญnea, para lo cual se debe:
a. Ingresar a SUNAT Operaciones en Lรญnea con el cรณdigo de usuario y clave SOL.
b. Ubicar la opciรณn: Mis declaraciones informativas/Presento mis declaraciones informativas/Informativas/Presentaciรณn de declaraciones informativas.
c. Seleccionar el Formulario Virtual Nยบ 3800 – Declaraciรณn de Beneficiario Final.
d. Consignar la informaciรณn que solicita el Formulario Virtual Nยบ 3800 – Declaraciรณn de Beneficiario Final.
- Para presentar la declaraciรณn se debe seguir las especificaciones del Instructivo โRegistro de informaciรณn en el Formulario Virtual N.ยบ 3800 – Declaraciรณn del Beneficiario Finalโ.
- La informaciรณn se ingresa directamente en el Formulario Virtual Nยบ 3800 – Declaraciรณn de Beneficiario Final siempre y cuando se declare solo a un (1) beneficiario final que resida en el Perรบ, y que tenga directamente como mรญnimo el diez por ciento (10%) del capital de la persona jurรญdica. Para dicho efecto, se considera que reside en el Perรบ aquel sujeto que tiene su domicilio en el paรญs de acuerdo con las normas de derecho comรบn.
2. Formulario Virtual Nยบ 3800 – Declaraciรณn de Beneficiario Final CON EXCEL
- De conformidad con lo dispuesto en el pรกrrafo 6.4 del artรญculo 6 de la Resoluciรณn de Superintendencia Nยฐ 185-2019/SUNAT, en los casos que el contribuyente cuente con mรกs de un (1) beneficiario final, o solo cuente con un (1) beneficiario final y este no sea residente en el Perรบ, deberรก adjuntar al Formulario Virtual Nยฐ 3800, los archivos planos que se generen como consecuencia del proceso de validaciรณn del archivo aplicativo Excel, cuyo acceso se puede realizar a travรฉs de la siguiente ruta:


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