Laboral | Supuestos de suspensión del vínculo laboral en el régimen laboral privado


Los supuestos de suspensión del vínculo laboral en el régimen laboral privado se encuentran regulados en la D. LEG. Nº 728,. LEY DE PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD LABORAL (LPCL) .

Son aplicables a todo trabajador que labore bajo dicho régimen, sea en organizaciones privadas o en entidades del Sector Público.

Así, el artículo 12 de la norma mencionada establece que son causas de suspensión del contrato de trabajo:

  • La invalidez temporal.
  • La enfermedad y el accidente comprobados.
  • La maternidad durante el descanso pre y posnatal.
  • El descanso vacacional.
  • La licencia para desempeñar cargo cívico y para cumplir con el Servicio
    Militar Obligatorio.
  • El permiso y la licencia para el desempeño de cargos sindicales.
  • La sanción disciplinaria.
  • El ejercicio del derecho de huelga.
  • La detención del trabajador, salvo el caso de condena privativa de la
    libertad.
  • El permiso y la licencia concedidos por el empleador.
  • La inhabilitación administrativa o judicial por periodo no superior a tres meses.
  • El caso fortuito y la fuerza mayor.
  • Otros establecidos por norma expresa.

Consultas e información adicional

Cel / Whatsapp : 958 542 958
Correo : estudiotributarioreyes@gmail.com
Oficina : Calle Diego Ferré 516 – Chiclayo, Perú.

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