Depreciación y pasivo diferido explicados fácil (NIC 12 y NIC 16)


En la práctica contable, uno de los temas que más genera confusión es la depreciación, porque no siempre se calcula igual para efectos contables y tributarios. Esta diferencia es precisamente la que da origen a los pasivos por impuesto diferido según la NIC 12.

NIC 16: Monto depreciable

Según la NIC 16 – Propiedades, Planta y Equipo, la depreciación no se calcula sobre el costo total del activo, sino sobre el monto depreciable.

¿Qué es el monto depreciable?

Es la diferencia entre:

Monto depreciable = Costo – Valor residual

Este monto se distribuye sistemáticamente durante la vida útil económica del activo, que debe reflejar:

  • el uso esperado,
  • el desgaste físico,
  • la obsolescencia técnica,
  • y las condiciones de operación.

Depreciación según la Ley del Impuesto a la Renta

Para efectos tributarios, la depreciación está regulada por la Ley del Impuesto a la Renta y su Reglamento, específicamente el artículo 22° del Reglamento.

A diferencia de la NIC 16:

  • la depreciación tributaria no considera valor residual,
  • se basa en tasas máximas permitidas,
  • busca uniformidad y control fiscal, no necesariamente reflejar la realidad económica
BienTasa máxima anual
Edificios y construcciones5%
Maquinaria y equipo10%
Vehículos20%
Equipos de procesamiento de datos25%
Otros bienes del activo fijo10%

NIC 12: Pasivos por impuesto diferido

La NIC 12 regula el tratamiento del impuesto a las ganancias, incluyendo el impuesto diferido.

¿Cuándo surge un pasivo diferido?

Cuando:

  • el valor en libros del activo es mayor que su base tributaria,
  • y esa diferencia se revertirá en el futuro.

Esto suele ocurrir cuando:

  • tributariamente se deprecia más rápido que contablemente
    (por ejemplo, usando tasas máximas).

Esa diferencia se llama diferencia temporaria imponible, y genera un: Pasivo por impuesto diferido


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