Mediante Resolución de Superintendencia Nº 000145-2024/SUNAT (publ. 21.07.24; vig. 22.07.24) se posterga, del período agosto de 2024 al período enero de 2025, la oportunidad a partir de la cual deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), determinados sujetos que se encuentren obligados a llevar los mencionados registros.
Asimismo, se modifican la Resolución de Superintendencia Nº 000112- 2021/SUNAT, que dicta nuevas disposiciones para el llevado del Registro de Ventas e Ingresos en forma electrónica y la Resolución de Superintendencia Nº 000040- 2022/SUNAT, que aprueba el SIRE y el Módulo para el llevado del Registro de Compras que se incorpora en dicho sistema.
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