
Obligados
- Periodo julio 2023: Contribuyentes comprendidos en el anexo No. 7 de la Resolución de Superintendencia N° 112.2021/SUNAT
- Periodo octubre 2023: Contribuyentes que actualmente generan sus registros en los Sistemas de Libros Electrónicos y que pertenecen al Régimen Especial del Impuesto a la Renta o Régimen MYPE Tributario.
- Periodo enero 2024: Para los demás contribuyentes que deben llevar los mencionados registros, según lo establecido en la Ley del IGV.
- En los períodos julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre o diciembre de 2023, según corresponda, los contribuyentes que, de conformidad con el artículo 4 de la Resolución de Superintendencia No. 286-2009/SUNAT y el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia No. 379-2013/SUNAT, adquieran en esos períodos la obligación de llevar sus registros en el Sistema de Libros Electrónico.

¿Cómo ver quiénes están obligados al SIRE 2023?
1. Ingresa a sunat.gob.pe
2. Accede a ‘Mis trámites y consultas’ e inicia sesión con tu clave SOL.
3. En el Menú SOL, haces click en la sección ‘Empresas’.
4. Busca ‘Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE)’ y elige:
- Registro de Ventas e Ingresos Electrónico
- Registro de Compras Electrónico
5. Selecciona el periodo de tu interes.
6. Y listo, podrás visualizar en el instante si te en encuentras obligado y desde cuándo.
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HOLA TENDRA MACRO PARA EL SIRE
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