PCGE 2019-2020✔️Cuenta 13: Reconocimiento de ingresos en prestación de servicios | Asiento contable [ Plan Contable General Empresarial 2019 ]


13 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – RELACIONADAS

CONTENIDO

Agrupa las subcuentas que representan los derechos de cobro a entidades relacionadas, que se derivan de las ventas de bienes y/o servicios que realiza la entidad en razón de su actividad económica.

Para un adecuado tratamiento de esta cuenta, corresponde distinguir a las partes relacionadas, para lo cual es importante considerar lo dispuesto por la NIC 24: Revelaciones sobre entes vinculados. Así dicha norma será aplicable en:

(a) La identificación de relaciones y transacciones entre partes vinculadas.

(b) La identificación de los saldos pendientes entre una entidad y sus partes vinculadas.

(c) La identificación de las circunstancias en las que se exige revelar información sobre los apartados (a) y (b) anteriores y,

(d) La determinación de la información a revelar sobre todas estas partidas.

La referida NIC 24, define el significado de los términos siguientes y que son importantes justamente para establecer si se está o no ante una parte vinculada: (i) Control e (ii) Influencia significativa.

Así se define al control como el poder para dirigir las políticas financiera y de explotación de una entidad, con el fin de obtener beneficios de sus actividades.

Por su parte, se entiende por Influencia Significativa al poder para intervenir en las decisiones de política financiera y de explotación de la entidad, aunque sin llegar a tener el control de las mismas. Puede obtenerse mediante participación en la propiedad, por disposición legal o estatutaria o mediante acuerdos.

Fuente: ediciones Caballero bustamante

NOMENCLATURA Y DESCRIPCIÓN DE LAS SUBCUENTAS

  • 131 Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar. Créditos otorgados por venta de bienes o prestación de servicios. En caso no se haya emitido el documento pero se haya devengado el ingreso y la cuenta por cobrar, se debe registrar el derecho exigible en esta cuenta.
  • 132 Anticipos recibidos. Montos anticipados por clientes a cuenta de ventas posteriores. Es de naturaleza acreedora.
  • 133 Letras por cobrar. Créditos que se formalizan con letras aceptadas en canje de facturas, boletas u otros comprobantes por pagar.

RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN

Las cuentas por cobrar se reconocerán inicialmente a su valor razonable, que es generalmente igual al costo. Después de su reconocimiento inicial, las cuentas por cobrar se medirán al costo amortizado.

Cuando exista evidencia de deterioro de la cuenta por cobrar, el importe de esa cuenta se reducirá mediante una cuenta de valuación (estimación de cobranza dudosa), para efectos de su presentación en estados financieros. Las cuentas por cobrar en moneda extranjera, pendientes de cobro a la fecha de los estados financieros, se expresarán al tipo de cambio aplicable a las transacciones a dicha fecha.

DINÁMICA DE LA CUENTA 13

Es debitada por:

  • Los derechos de cobro a que da lugar la venta de bienes o la prestación de servicios.
  • El traslado entre cuentas internas, como es el caso del canje de facturas con letras, o el cambio de condición de letras emitidas a cobranza o descuento.
  • La disminución o aplicación de los anticipos recibidos.
  • La diferencia de cambio, si se incrementa el tipo de cambio de la moneda extranjera.

Es acreditada por:

  • El cobro parcial o total de los derechos.
  • El traslado entre cuentas internas, como es el caso del canje de facturas con letras, o el cambio de condición de letras emitidas, a cobranza o descuento.
  • Los anticipos recibidos por ventas futuras.
  • La disminución de los derechos de cobro por las devoluciones de mercaderías.
  • Los descuentos, bonificaciones y rebajas concedidas, posteriores a la venta.
  • La eliminación (castigo o baja en cuenta) de la contabilidad de las cuentas y documentos considerados incobrables.
  • La diferencia de cambio, si disminuye el tipo de cambio de la moneda extranjera.

COMENTARIOS

Los saldos que resulten acreedores deben ser presentados como parte del pasivo. La subcuenta 192 Cuentas por cobrar comerciales – Relacionadas, acumula la estimación de los saldos de cobranza dudosa, actuando como cuenta de valuación para los componentes de esta cuenta. Para efectos de presentación, los saldos de esta cuenta deberán clasificarse como corrientes si vencen hasta un año después de la fecha del estado de situación financiera y no corrientes si exceden de dicho plazo.

Caso Práctico:

La empresa Rojas S.A. presta servicios de transporte a la empresa La Verdes S.A. (subsidiaria) firmando un contrato para trasladar bienes por un importe de S/. 3,600 más IGV según factura emitida en el mes de diciembre. Se sabe que el servicio empezó a fines del mes de diciembre y culminó en el mes de enero. ¿Cómo deberá registrar esta operación suponiendo que el traslado es efectuado en la misma proporción en los dos periodos?

Solución

En el caso de prestación de servicios el reconocimiento de los ingresos se rige de acuerdo a lo señalado en el párrafo 20 de la NIC 18: Ingresos conforme con el cual el mismo debe reconocerse considerando el grado de terminación de la prestación a la fecha del balance, suponiendo que es probable que se perciban los beneficios. En este orden de ideas, partiendo del hecho que se sabe que al término del ejercicio se ha llevado a cabo parcialmente la prestación del servicio; no obstante haberse emitido comprobante de pago por el total, sólo se deberá reconocer como derecho (activo financiero) e ingreso la parte que corresponde al servicio prestado respecto del cual se ha ganado el derecho de cobro. Según el párrafo 21 de la NIC 18, el reconocimiento de los ingresos ordinarios por referencia al grado de terminación de una transacción se denomina habitualmente con el nombre de método del porcentaje de terminación, el cual busca que se imputen los ingresos ordinarios en los periodos contables en los cuales tiene lugar la prestación del servicio. En consecuencia, el importe pactado, consignado en el comprobante de pago deberá reconocerse en los períodos en los cuales se realice el servicio en partes iguales, ameritando en el mes de diciembre el siguiente asiento:

Servicios S/      3,600.00
 +IGV 18% S/         648.00
Total Servicios S/      4,248.00
50% diciembre S/      1,800.00
50% enero S/      1,800.00

Para el mes de enero el asiento sería el siguiente:

CONCLUSIONES

Es importante tener en cuenta que el costo del servicio se debe imputar a resultados de acuerdo al reconocimiento de los ingresos, en virtud al criterio de asociación de Ingresos y Gastos que enuncia el Marco Conceptual.

Impuesto a la Renta, se aplica la regla del devengo, igualmente se imputará el ingreso de acuerdo al grado de avance para efectos de su inclusión en la Base Imponible de los pagos a cuenta así como para la determinación del Impuesto a la Renta anual, considerándose también la imputación del costo del servicio en forma proporcional al ingreso devengado.

Para efectos tributarios, se deberá observar lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 32º de TUO de la LIR, que dispone que para las transacciones entre partes vinculadas, el valor de mercado corresponderá a los precios y monto de las contraprestaciones que hubieran sido acordados con o entre partes independientes en transacciones comparables, en condiciones iguales o similares, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32º-A.

4 comentarios sobre “PCGE 2019-2020✔️Cuenta 13: Reconocimiento de ingresos en prestación de servicios | Asiento contable [ Plan Contable General Empresarial 2019 ]

  1. si se emite la factura por el total del servicio se tiene que contabilizar el total de la factura, sin embargo no aparece el total, lo descrito en razón de que en el Registro de ventas debe aparecer el importe total, y en su ejemplo no esta el total.
    Debe modificar su asiento y la implicancia NIC, es efecto tributario.

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  2. Hola, Jose, al respecto del caso practico, el articulo 4, inciso c) de la LIGV : NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA: En la prestación de servicios, en la fecha en que se emita el comprobante de pago de acuerdo a lo que establezca el reglamento o en la fecha en que se percibe la retribución, lo que ocurra primero. De lo indicado por la LIGV la empresa Rojas SA emite el Comprobante en diciembre por el total, reconoce el nacimiento de la obligación tributaria del IGV por s/ 648.00. por otro lado , LA RENTA, ¿que pasa con la Renta? el 50% fue prestado en diciembre y 50% Enero (otro ejercicio) la LIR en el ARt. 57 inciso a) señala: Las rentas de la tercera categoría se consideran producidas en el ejercicio comercial en que se devenguen. En el presente caso se realiza el reconocimiento del ingreso del 50% en el ejercicio 1 y el 50% en el ejercicio siguiente. ¿ y que pasa con el registro de ventas? ¿ no va cuadrar? el registro de ventas se muestran cantidades, no asientos contables, de debe registrar la factura por el total para un registro correcto, pero, por otro lado se debe hacer el asiento por libro diario del reconocimiento de los ingresos diferidos del 50% para el próximo ejercicio, finalmente el resultado es conforme se muestra en el asiento contable del caso práctico propuesto. Saludos.

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